Requisitos para interponer denuncias y querellas.
Para interponer denuncias y querellas únicamente es necesario:
- Presentarse el ofendido personalmente en los Centros de Atención Temprana de la Fiscalía General de Justicia del Estado con identificación oficial vigente.
En caso de interponer querella a través de representante o apoderado legal, deberá presentarse:
- Cedula profesional del representante o apoderado legal.
- Poder notariado para presentar denuncias y querellas.
Además se deberán presentar los siguientes documentos:
Para el delito de Daños:
- Documentos que acrediten que el querellante tiene la propiedad del bien que haya sufrido los daños. (en el caso de vehículos la factura original y en el caso de Inmuebles las escrituras notariadas).
- En caso de contar con Presupuesto de la reparación de los daños por escrito expedido por negocio establecido o en su caso los recibos o facturas en original de los pagos realizados por este concepto.
Para el delito de Incumplimiento de Obligaciones Familiares:
- Acta de nacimiento del o de los ofendidos ya sea en ORIGINAL o copias CERTIFICADAS.
Para el delito de Abuso de Confianza:
- Requerimiento formal de los bienes referidos en la querella el cual deberá contar a su vez con la firma de DOS TESTIGOS.
- Copia de las Identificaciones Oficiales de los Testigos del requerimiento formal.
Para el delito de Despojo:
- Documentos que acrediten la propiedad del bien inmueble o en su caso el contrato de arrendamiento.
Para el delito de Robo entre familiares:
- Actas de nacimiento que demuestren el lazo familiar ofendido-presunto responsable.
Para el delito de Sustracción de menores:
- Acta de nacimiento del o de los menores sustraídos.
- Documento Judicial que acredite la custodia del menor.